Regulan el juego
La Legislatura aprobó una ley destinada a regular los juegos de azar en la Ciudad, tanto de manera presencial como online, y la prevención del juego patológico en cualquiera de sus modalidades.
Esta ley insta a concientizar a la sociedad y a evitar sus consecuencias perjudiciales tanto a nivel individual, como familiar y social.
Desde el Bloque de Juntos por el Cambio, destacaron la obligación de trabajar en la regulación y dar información precisa y completa respecto del tipo de juego, reglas y demás información relacionada a la operatoria del juego.
La misma fue consecuencia de una decena de iniciativas parlamentarias tratadas que fueron consensuadas entre las Comisiones de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo.
En ella, se regulan las políticas de juego responsable y se introducen tres principios estructurales: el Principio de Juego Responsable, el Principio de Publicidad Responsable y el Principio de Responsabilidad Social.
Será obligatorio exhibir en los canales autorizados para la comercialización, distribución y/o expendio de juegos de apuesta, la leyenda preventiva: "El juego compulsivo es perjudicial para vos y tu familia".
Además, se establece la prohibición de cajeros automáticos y casas de empeño tanto en el interior de las salas de juego como en un radio de 200 metros y la colocación de relojes. Y se insta a informar sobre la edad permitida para acceder a jugar, mediante un procedimiento para verificar la identidad y edad del apostador.
En cuanto a la autoridad de aplicación, en este caso Lotería de la Ciudad, deberá disponer de los mecanismos necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas y evaluar las políticas y procedimientos implementados. Para ello, se deberá poner a disposición la información, permitir acceso a los sistemas y cualquier otra solicitud que se requiera.
Paralelamente, se dispone disminuir la exposición de la población en general y de las personas jugadoras en particular -en especial a aquellos vulnerables, compulsivos y/o problemáticos- a factores, condiciones y situaciones que faciliten el desarrollo del juego patológico. Y se prevé un registro de autoexclusión voluntaria para cualquier persona que considere que ya no puede controlar el juego, pueda concurrir a cualquiera de las casas de juego de azar y pedir ser autoexcluido voluntariamente.
Por último, los legisladores destacaron el avance que se dio hoy en la Legislatura en la sanción de políticas públicas destinadas a limitar el juego en la ciudad.
“Se trata de una ley amplia e integral, que establece importantísimas limitaciones y restricciones con el fin de evitar el desarrollo de conductas patológicas y proteger a quienes padecen esta enfermedad. Estamos muy conformes con el texto aprobado, que se trabajó en conjunto, logrando consenso con distintos espacios políticos”, declaró el jefe del bloque oficialista, García Vilas.
Por su parte, el socialista Cortina dijo que "es un buen marco normativo integral que reemplaza el paradigma de la apelación a la responsabilidad individual de las personas jugadoras por otro centrado en la responsabilidad estatal de desarrollar políticas públicas integrales que combatan el juego patológico".
Ponderó como “fundamental la creación de un registro de autoexclusión” y que “se haya logrado avanzar en restricciones concretas a las apuestas on line, las salas de juego y su publicidad, además de garantizar la orientación y la asistencia sanitaria de las personas afectadas por la ludopatía y sus familias."
La ley de ludopatía se aprobó con 39 votos afirmativos de Vamos Juntos, UCR, Socialista, Gen y Confianza Pública; 17 abstenciones del Frente de Todos y 4 negativos de los diputados de izquierdas.
Más controles sobre los operadores de juegos
Los diputados porteños impusieron cambios a la ley de juegos local, a los efectos de aumentar los requisitos a concesionarios o permisionarios de Lotería de la Ciudad SE, con el propósito explícito de impedir la participación de personas o empresas cuyos capitales pudieran tener orígenes en casos delictivos o de corrupción. Las modificaciones procuran dar más transparencia al sistema de juegos de azar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La ley local 538 -del año 2000 y sus modificatorias- es el marco normativo regulatorio de la actividad lúdica dentro del ámbito porteño y las actualizaciones sancionadas este jueves siguen las recomendaciones de la OCDE respecto de la gobernanza pública, políticas de transparencia y lucha contra la corrupción. En este caso vinculado al otorgamiento de concesiones, permisos, habilitaciones y contrataciones.
El objetivo de la ley aprobada, que impulsó Hernán Reyes (VJ), es que los permisos que la Ciudad otorgue sobre juegos de apuestas “no sean concedidos a quienes se encuentran en una situación procesal que permita establecer, con certeza suficiente, su participación en los ilícitos penales, contra la fe pública, la administración pública, y demás expresiones de la corrupción o de delitos organizados”, señalaron los considerandos del despacho debatido por los diputados.
Inhabilidades e incompatibilidades para los permisionarios
Ya estaba establecido por ley que no podían operar en el sistema oficial de juegos de azar los deudores del Estado, los condenados por juego clandestino, personas relacionadas con funcionarios o deudores alimentarios morosos.
Ahora se le otorgan atribuciones a LotBA, como autoridad de aplicación, para accionar judicialmente contra el juego clandestino y requerir la intervención de la fuerza pública y se agregan medidas restrictivas a quienes se postulen para obtener un permiso de cualquier tipo en relación con juegos de apuestas.
Estipula el nuevo texto, lo siguiente (sobre inhabilitaciones e impedimentos):
“Ser personas condenadas o a las que se les hubiere dictado auto de procesamiento o equiparable, siempre que se encontrara firme o confirmado por segunda instancia, o respecto de las cuales se hubiere formulado requerimiento de elevación a juicio o equiparable, por delitos contra la administración pública o contra la fe pública o de financiamiento de la trata de personas, terrorismo o tráfico de drogas, personas o armas, o lavado de activos o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción o aquellos delitos donde el sujeto pasivo sea la administración pública.
“Esta causal de inhabilitación operará si el resolutorio en sede penal recayera sobre la persona jurídica, o sobre uno de sus representantes, socios, miembros del directorio, gerentes o mandatarios cuando hayan obrado en nombre, interés o beneficio de la persona jurídica. El presente supuesto se extiende sobre las sociedades en que participen las personas alcanzadas, de las sociedades controlantes o controladas y aquellos socios aparentes, presta nombre y socios ocultos conforme la Ley Nacional N° 19.550”. (De sociedades anónimas).
Legitiman una resolución de LotBA
Los legisladores también ratificaron una resolución del directorio de LotBA referida a condiciones y requisitos para ser operadores de plataformas de juegos en línea. Esa temática ya había sido reglamentada por la Lotería de la Ciudad S.E. pero la nueva resolución es de carácter adecuatorio y correctivo para salvar eventuales contradicciones normativas, se explicó.