Ley para el teatro comunitario
La Legislatura porteña aprobó la ley de protección, promoción y difusión del Teatro Comunitario en el ámbito de la CABA, es decir, al teatro realizado por y para vecinos, cuya integración al grupo se mantiene abierta a la comunidad y no persigue finalidad de lucro.
Se creó en el ámbito del Ministerio de Cultura el Registro de Grupos de Teatro Comunitario, conformado indistintamente por personas físicas o asociaciones civiles sin fines de lucro. Y se estableció un régimen de subsidios con el objeto de ayudar económicamente a los grupos en lo que refiere a los gastos que demanda la producción y difusión de la práctica teatral, el alquiler y mantenimiento de espacios, honorarios profesionales, así como cualquier otro concepto directamente vinculado con dicha actividad.
También se dispuso que los grupos de teatro estén eximidos del impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza -ABL, mantenimiento y conservación de sumideros, de los inmuebles directamente afectados a la práctica teatral, así como de los derechos de delineación y construcción, exclusivamente cuando se trate de construcciones o ampliaciones directamente destinadas a la actividad teatral.
"El teatro comunitario es una actividad cultural de la comunidad y para la comunidad, una práctica que genera transformación social. Parte de la base de que toda persona es esencialmente creativa y que sólo es cuestión de encontrar el marco adecuado para desarrollar sus capacidades. Trabaja desde la inclusión y la integración. Allí todos tienen un lugar, no importa la edad o la procedencia", sostiene el proyecto.