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Incremento en las multas de tránsito

La Legislatura aprobó la modificación del valor de la unidad fija para sanciones de tránsito. Esta pasará de $ 1.20 vigente desde diciembre del año 2009 a $ 1.66.

La Legisladores modificaron el inciso b) del Art. 29º de la Ley Nº 4.041 -de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires- que establece el valor de la Unidad Fija (U.F.) para las sanciones en materia de tránsito la que pasaría de $ 1,20 -valor vigente desde diciembre de 2009- a $ 1.66.

Los fundamentos del despacho de la Comisión de Presupuesto afirman que se trata de "adecuar mínimamente el valor de la Unidad Fija para las sanciones en materia de tránsito, con el único objeto de superar los efectos inflacionarios, y de mantener el contenido socializador". Son coautores de la iniciativa los DiputadosMartín Ocampo y Daniel Presti (PRO). En disidencia parcial, la Diputada Rocío Sánchez Andía (CC), si bien coincide en "que es necesaria una actualización del monto en cuestión, así como de otros montos a los que no se hacen referencia", considera "que el expediente debió haber sido girado en primer término a la comisión de Justicia para un mejor estudio". Apunta que "para el ejercicio vigente la unidad fija para la ley de compras y contrataciones (Ley 2095) tiene un valor de $ 2.5.

Ley 2945 -Régimen de actividad teatral no oficial - tienen un valor de $ 1, la Ley 3022 -Régimen de concertación musical- tiene un valor de $1,7 y la unidad fija referente a la Ley 3308 tiene un valor de $ 4. Esta metodología vulnera el espíritu igualitario y de conservación de valor en el tiempo que supone la unidad fija, generando así que las leyes que se sancionaron utilizando la unidad fija como referencia para garantizar con el correr del tiempo y las gestiones los recursos necesarios para su aplicación, hoy dependan de la discrecionalidad del Ejecutivo y de la Legislatura".

Además, dieron sanción definitiva a la iniciativa de los diputados del PRO Cristian Ritondo y Karina Spalla para implementar el sistema de recuperación de aguas de lluvia con fines de limpieza y riego aplicable a edificios, fábricas y depósitos.

El sistema consiste en la recolección de aguas de lluvia desde un plano que exceda un mínimo de 2.60 m. respecto al nivel 0.00 del acceso del inmueble, su almacenado en tanques de reserva exclusivos, contando con filtro mecánico de ingreso, ventilaciones, sifón de carga para mantener el nivel adecuado expulsando los excedentes, bombas de presurización y conexión a la red domiciliaria para provisión en épocas de lluvias escasas.

Los legisladores aprobaron una iniciativa que busca garantizar el desarrollo de políticas orientadas a la atención integral de la salud de personas intersexuales, travestis, transexuales y transgénero en el marco de la Ley Nacional 26.743 y las Leyes de la Ciudad Nº 153 y 418. El objeto es garantizar el acceso a información, prestaciones y servicios de salud.

Revista Vasos Comunicantes