Todo sigue igual.
El segundo proyecto aprobado -con 36 votos positivos, 17 negativos y 4 abstenciones- propone declarar que "la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exhorta al Poder Ejecutivo a remitir a este cuerpo el Acta Acuerdo suscripta el 3 de enero de 2.012 entre el Estado nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires referida a la transferencia de los servicios de transporte subterráneo y premetro, a fin de poder expedirse sobre la eventual aprobación o rechazo de la misma, así como de la validez o invalidez de los actos jurídicos que se han dictado como consecuencia de su firma, y de conformidad con la exigencia establecida en el artículo 80 inciso 8 de la Constitución de la Ciudad".
Ratificando que para que se concrete el traspaso de los servicios a la órbita de la Ciudad, este "debe realizarse con los recursos correspondientes, en los términos del artículo 75º inciso 2 de la Constitución nacional; y que ningún acuerdo de transferencia queda perfeccionado sin la previa ratificación de esta Legislatura".