Autorizan obras
Se trata de las obras privadas ya iniciadas que habían quedado paralizadas a raíz de la cuarentena obligatoria por Covid-19.
Las obras que cumplan las condiciones reglamentadas, deberán enviar un informe técnico de los trabajos realizados y pendientes y completar un formulario de reinicio de obra a modo de declaración Jurada.
Pasos a seguir para las obras que cumplan las condiciones mencionadas anteriormente:
- Envío de informes Técnicos y Formulario:
Documentación requerida para el reinicio de obra
Formulario de Solicitud de condiciones antes mencionadas, confeccionar y elevar los siguientes documentos en un único correo electrónico oficial a
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con el asunto: “REINICIO DE OBRA-(domicilio de la obra)”.
a) Informe de los trabajos ya realizados y de los pendientes a realizar en obra por medio de una Memoria técnica y plan de trabajo detallado.
b) Formulario completo de Declaración Jurada que se adjunta a este anexo.
- Fiscalización y Control del requerimiento por parte de la DGFYCO: Una vez enviado los informes técnicos y el formulario de Declaración Jurada, la DGFYCO evaluará la presentación de forma digital.
- Edición del estado de la obra en el Cartel de Obra: En caso de corresponder la autorización de la solicitud de Reinicio, la DGFYCO modificará el estado de la obra a "COVID-19 - REINICIO DE OBRA AUTORIZADO" en el sistema TAD-Web del Director de Obra . El mismo podrá ser verificado a través de la lectura del Código QR del Cartel de Obra, pudiendo ser consultado ante cualquier autoridad que lo requiera.
- Permiso de Circulación: La Dirección de la Obra deberá administrar que el personal que asista a la obra cuente con el correspondiente Permiso de Circulación de acuerdo a lo establecido por las Autoridades del Gobierno de la Ciudad o Nacionales.