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Habilitaciones automáticas

Habilitaciones automáticasAhora, se pueden obtener determinadas habilitaciones simples sin plano totalmente On Line, sin necesidad de acercarse a las oficinas de la Agencia Gubernamental de Control, optimizando los tiempos y agilizando el trámite.

¿Qué es una habilitación automática?

Son aquellas habilitaciones Simples Sin Plano, que se gestionan de manera online desde el siguiente link que una vez finalizada la presentación de todos los documentos requeridos será otorgada automáticamente.

¿ Todas las habilitaciones simples sin planos son automáticas?

No. Las habilitaciones consideradas automáticas corresponden a rubros de baja criticidad con superficie menor a 500 mts. Así mismo no debe encontrarse en zonificaciones o locaciones que posean restricciones de acuerdo al Código de planeamiento urbano o espacios contenedores (Shopping, galerías, estaciones de subte, o locaciones especiales).

Se exceptúan de habilitaciones automáticas, continuando con el circuito actual, los que se encuentren contenidos en las siguientes condiciones:

  • Cuando el local que sea contenido por: Galerías, centros comerciales, paseos de compras, etc.
  • Cuando el local se encuentre en una Ubicación Especial. Ej: Estación de subtes
  • Cuando se requiera aplicación de normativa.
  • Cuando requiera planos de incendio, ventilación mecánica, etc
  • Si esta eximido de la Ley 962
  • Segmento determinado de Rubros.
  • Si declaro que los baños están afuera del local.
  • Para los Rubros: 503011, 503012, 503013 si no declara que funciona solo como oficina.

¿Puedo habilitar más de un rubro para una habilitación automática?

Si, puede habilitar tantos rubros como necesite. Pero si entre los rubros seleccionados existe alguno que requiera proceso manual, la habilitación final corresponderá a una de carácter manual.

¿Cuánto dura mi habilitación automática?

La duración es igual a la de una habilitación tradicional, no automática.

¿A partir de cuándo puedo abrir mi local/funcionar?

Una vez abonadas las boletas de pago correspondiente, con la presentación completa de la documentación de tu trámite, se te enviará un Código QR, que te dará la posibilidad de ejercer la actividad desde que lo tengas en tu poder, en forma automaticas. En la lectura de este QR, encontrarás que tu espacio comercial ya se encuentra librado al uso y habilitado.

Ventajas o beneficios

El trámite es más ágil, ya que la documentación es ingresada en carácter de declaración jurada, y la validación de la misma es realizada por el sistema. No interviniendo ningún validador. Y es otorgada definitivamente con la presentación documental correcta y el pago de la tarifaria correspondiente.

Habilitaciones simples de más 500 mts2 con y sin plano



¿Es obligatorio contratar un gestor?

No, tu trámite lo podes impulsar vos mismo, a través del SSIT. Te registrás con tu correo electrónico, generás una nueva solicitud de habilitación, y el mismo sistema te va a ir guiando a través de los distintos pasos a seguir. Además, vas a poder consultar en cada etapa, y en todo momento, el estado de tu solicitud.

¿Quienes participan en un trámite de habilitación?

  • El titular: del comercio que se va a habilitar.
  • Profesional técnico de la construcción (Ingeniero, Arquitecto, Maestro Mayor de Obras, Agrimensor, etc.): verifica el local, analizando si cumple con todos los requisitos edilicios, constructivos, sanitarios y urbanísticos. Confecciona los planos de uso, y un anexo técnico con la información del comercio a habilitar.
  • Escribano público: certifica la validez de la documentación que hay que presentar y acredita el titulo por el cual posee la propiedad (contrato de locación, titular del inmueble, cesión, otros).
  • Profesional Adicional: Hay casos especiales, que por el tipo de actividad requieren documentación específica. Por ejemplo, para un Local de Baile, se necesita contratar a un Profesional Registrado, habilitado para medir el nivel de contaminación acústica, o para una Clínica el Título Profesional del Director Médico.

¿Qué necesito para ser titular de una habilitación?

Necesitas estar inscripto en AFIP como persona física o jurídica e IIBB de CABA , y acreditar el derecho de ocupación del local que querés habilitar. Por ejemplo, si alquilas tenés que exhibir ante el escribano público que intervenga en el trámite, el contrato de alquiler.

¿Qué documentación básica necesito para el trámite?

La documentación básica necesaria para todos los trámites, independientemente de la actividad comercial que quieras desarrollar, es:

  • Anexo técnico confeccionado por el profesional pécnico de la construcción, de acuerdo al tipo de establecimiento se puede solicitar:
  • Conformación del local (para habilitaciones del tipo simples, baja superficie, rubros específicos).
  • Plano de habilitación.
  • Plano de incendios.
  • Plano de ventilación mecánica.

Minuta digital confeccionada por el escribano público, quien le solicitará:

  • El instrumento que le otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local: contrato de locación, título de propiedad, contrato de comodato, cesión de uso o boleta de compraventa con posesión.
  • DNI del titular.
  • DNI de los firmantes (en caso de corresponder).
  • Reglamento de copropiedad (en caso de corresponder).

Si es una persona jurídica:

  • Sociedades de hecho: DNI de cada socio y su CUIT, además del CUIT de la sociedad.
  • Sociedades de responsabilidad limitada o en comandita: Contrato social inscripto y CUIT de la sociedad.

Sociedades anónimas:

  • Contrato social y sus modificaciones y CUIT de la Sociedad y actas de asamblea donde se designen autoridades y se distribuyan los cargos. Acta donde se resuelva habilitar el inmueble.
  • Certificado de aptitud ambiental emitido por la Agencia de Protección Ambiental.
  • Pago de timbrados del trámite.

¿Cómo se si puedo habilitar mi local?

Para saber si la actividad que querés desarrollar está permitida en una ubicación (domicilio del local), podés verificarlo a través del asistente online de habilitaciones Este analizará la ubicación, la superficie del local, los rubros a habilitar, y te informará si los mismos son compatibles con la zonificación donde se emplaza la actividad comercial y la documentación que debes entregar

¿Puedo iniciar mis actividades presentando el trámite?

La presentación completa de la documentación de tu trámite te permitirá obtener un Código QR, si los rubros que querés habilitar lo ameritan, dándote la posibilidad de ejercer la actividad desde que lo tengas en tu poder. Por ejemplo kioscos, librerías, panaderías, etc.

Para aquellas actividades críticas (Hospital, Teatro, Canchas de Futbol) el inicio de trámite no permite comenzar con la actividad. Deberá esperarse el análisis de la documentación y el resultado de una Inspección.

¿Cuál es el costo de la habilitación?

Para solicitar una Habilitación, vas a tener que abonar 2 cánones que surgen de la Ley Tarifaria vigente al momento en que das inicio a tu trámite.

Uno corresponde a la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (APrA) y otro al inicio del trámite de habilitación (AGC). El valor de este último depende, además, del rubro y la cantidad de metros del establecimiento a habilitar.

La boletas de pago serán generas en el sistema y tendrán una validez de 30 días corridos. Una vez vencidas, las podes volver a generar, y reimprimir las veces que necesites.

Por último, en relación a los honorarios de los profesionales que contrates, tené en cuenta que se trata de contratos privados entre partes, y pueden variar los importes dependiendo de cada caso.

Si compré un fondo de comercio, ¿Tengo que pedir una habilitación?

Si el local ya está habilitado, tenés que ponerlo a nombre. Para eso, hay que solicitar la transferencia de la habilitación a tu favor, mediante una escritura pública. Ver trámite

Si el comercio no está habilitado con anterioridad o está habilitado para una actividad distinta de la que vas a realizar, vas a tener que pedir una nueva habilitación.

¿Cómo se si tengo que pedir una transferencia de habilitación?

Cuando cambie el titular a cargo de una habilitación vigente o la denominación de la firma titular de la habilitación (en ambos casos manteniendo la superficie y los rubros otorgados), vas a tener que realizar un trámite de transferencia.

¿Que necesito para un trámite de transferencia?

  • Lo primero que tenés que hacer es entrar al SSIT, y elegir la opción: "Consulta al padrón"
  • Completá los datos que te solicita el sistema, donde deberás adjuntar escaneado: Plancheta de Habilitación vigente y/o Disposición de Habilitación y/u otra documentación que refiera a la habilitación a transferir. En ese momento el sistema te va a asignar un Número de Solicitud, mediante el cual una vez que se procese la información que adjuntaste, podrás descargar el Informe de Consulta al Padrón.
  • Una vez que cuentes con el Informe mencionado, tenés que publicar edictos por 5 dias en elBoletin Oficial de CABA y en uno de los diarios de mayor circulación.
  • Después, tenés que contratar un Escribano Publico matriculado en CABA, para que te confeccione una Escritura Pública para la trasnferencia.
  • Obtenida la Escritura Pública, ya estás en condiciones de ingresar al SSIT y elegir la opción “Iniciar Transferencias”.
  • Vas a cargar como documento obligatorio el “Informe de Consulta a Padrón” (que cuenta con un Código de Seguridad), y alguna documentacióno adicional para cada caso particular.

¿Cuánto dura una habilitación?

Siempre que se mantengan las mismas condiciones en que fue otorgada (titular, ubicación, rubros, superficie), la Habilitación va a estar “Vigente”. Periódicamente, el local recibirá inspecciones para constatar tal situación.

¿Qué debo hacer si quiero agregar/quitar actividades a mi comercio habilitado, o ampliar/reducir el tamaño del Local?

Cuando quieras agregar una nueva actividad a la/s ya habilitada/s tendrás que iniciar un trámite de ampliación de rubro. La ampliación o disminución de superficie, debe tramitarse cuando se amplían o se disminuyen los metros cuadrados del local habilitado. Los pasos que debes realizar para iniciar el trámite de ampliación de rubro y/o ampliación o disminución de superficie son los mismos pasos que para iniciar una nueva habilitación.

¿Como conozco el avance de mi trámite?

Desde el inicio, vas a recibir en tu casilla de correo electrónico, distintas notificaciones sobre el avance de tu trámite. Además, desde el momento en que cuentes con tu Constancia de Inicio de Trámite vas a poder conocer su estado, siempre y en cualquier momento, mediante la lectura del código QR. Si no recibís estas notificaciones, y sos el titular del trámite, acercate con tu DNI a la Agencia para solicitar que registren tu dirección de e-mail.

¿Con quién puedo hablar para que me asista en el trámite?

Para recibir asesoramiento o realizar cualquier consulta sobre tu trámite, podes acercarte a la Mesa de Ayuda de la Agencia Gubernamental de Control o solicitar un turno web.

Días y Horarios: lunes a viernes en el horario de 8.30 a 13.30hs. Dirección: Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941.-

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