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Mauricio Macri vetó la ley de aborto no punible

Mauricio MacriEl jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, vetó la ley que regulaba el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles en la Ciudad.

El decreto 504, con fecha del día 22 de octubre, indicó que la norma 4.318, impulsada por los bloques de la oposición, fue rechazada porque "contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación" en el fallo dictado el 13 de marzo pasado.

Además, sostuvo que varios artículos "son contrarios" a lo establecido por la Constitución Nacional, los códigos Penal y Civil, y "el ordenamiento jurídico de la Ciudad".

El veto lleva la firma de Macri y de los ministros de Desarrollo Social, Carolina Stanley; Justicia y Seguridad, Guillermo Montenegro; Hacienda, Néstor Grindetti; Salud, Graciela Reybaud; y Desarrollo Económico, Francisco Cabrera.

El proyecto sancionado en la Legislatura el 28 de septiembre pasado "contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desconocen la homogeneidad del sistema jurídico establecido por la Constitución Nacional y contrarían expresas disposiciones constitucionales y del derecho de fondo, en especial teniendo en cuenta que se mantiene la calificación penal", destacó el veto.

Al respecto, señaló que la "eventual incorporación al régimen jurídico de la Ciudad de un texto normativo que colisiona reiteradamente con el ordenamiento constitucional nacional importaría generar una multiplicación de conflictos, de muy probable judicialización".

"Por similares razones debe evitarse la vigencia de una norma que presenta contradicciones, y cuya efectiva implementación impedirá el cumplimiento de los fines perseguidos por la Ley, así como de los estándares establecidos por el Máximo Tribunal" de Justicia, contempló el decreto.

El escrito cuestionó el artículo 5 del proyecto de ley porque "pretende modificar la literalidad" del Código Penal cuando incorpora como no punible el aborto llevado a cabo en los "casos de peligro para la salud integral".

Además, criticó la validez del consentimiento al aborto dado por una persona a partir de los 14 años, sin necesidad de la autorización de representantes legales.

"Ello resulta manifiestamente contradictorio con las disposiciones del Código Civil, que establece que los menores adultos son incapaces relativos para la realización de los actos de la vida civil", señaló el texto.

El veto también criticó la iniciativa legislativa por establecer que los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia ante casos de aborto, aunque deben expresarla a las autoridades del establecimiento médico en un plazo no mayor a 30 días desde la promulgación de la ley.

Esta indicación, destacó el gobierno porteño, es "contraria a la Constitución Nacional y al ordenamiento jurídico de la Ciudad".

La norma votada en la Legislatura regulaba el procedimiento para la práctica de abortos no punibles en el sistema público de salud, y a diferencia de la reglamentación realizada por el gobierno de la ciudad no disponía un plazo máximo de gestación para la interrupción del embarazo.

La iniciativa fue respaldada por 30 votos a favor y 29 en contra, tras la Resolución firmada el 10 de septiembre por el ex ministro de Salud Jorge Lemus, que dispuso un límite de hasta 12 semanas de gestación para la práctica de los abortos previstos en el artículo 86, incisos 1 y 2 del Código Penal.

La reglamentación fue reclamada el 13 de marzo por la Corte Suprema de Justicia, cuando ratificó los alcances de lo establecido en el Código en el marco de un fallo en el que confirmó que el aborto no es punible cuando es producto de una violación. El proyecto aceptaba como válido para la interrupción del embarazo el consentimiento de una adolescente, a partir de los 14 años, que desee abortar.

Revista Vasos Comunicantes