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ABL: eximirán a comercios

ABL: eximirán a comercios

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires elevó este martes 30 de junio un proyecto de ley a la Legislatura porteña, con el objeto de implementar medidas de alivio económico para aquellos comercios no esenciales cuyas actividades se vieron afectadas durante la cuarentena.

Entre las medidas que forman parte del proyecto se destaca la condonación del Impuesto Inmobiliario/ABL durante junio y julio para aquellos comercios cuyas actividades sean no esenciales y refieran a la venta de bienes y la prestación de servicios.

Esta acción beneficiará a más de 110 mil comercios, entre los que se destacan bares, restaurantes, librerías, peluquerías, jugueterías, hoteles y gimnasios, entre otros.

Asimismo, también durante los mismos meses se condonará el impuesto al uso del espacio público para las actividades comerciales en la vía pública.

Otra medida a destacar es la prórroga de la suspensión de embargos, la cual se extiende hasta el 31 de agosto.

La implementación de estas medidas representará para la Ciudad de Buenos Aires un costo fiscal total de 600 millones de pesos.

¿La condonación del ABL es automática?

No. Una vez aprobada la ley, el comerciante deberá ingresar a la página web de la AGIP y allí solicitar la condonación de este impuesto por los meses de junio y julio. Esto es necesario ya que no todos los comercios se van a ver beneficiados con esta medida. Sólo los de carácter no esencial.

¿A quiénes beneficia y a quienes no esta medida?

Esta medida alcanza a aquellos comercios cuyas actividades sean no esenciales y refieran a la venta de bienes y la prestación de servicios. Son más de 110 mil comercios, entre los que se destacan bares, restaurantes, librerías, peluquerías, jugueterías, hoteles y gimnasios, entre otros. No se encuentran comprendidos en esta medida aquellos comercios considerados esenciales que estuvieron abiertos o en funcionamiento desde el primer día, tales como bancos, supermercados, farmacias, carnicerías y verdulerías.

¿Qué pasa si el comerciante ya pagó el ABL de estos dos meses?

En ese caso se les computará ese pago como un crédito fiscal para cancelar las próximas cuotas del impuesto. Lo mismo para quien realizó el pago anual, sólo que en este caso ese crédito fiscal quedará abierto para el año que viene.

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