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Regulan eventos masivos

Regulan eventos masivosLa Legislatura porteña aprobó una ley que tiene por objeto regular los eventos masivos para evitar sucesos como los que se produjeron en Time Warp. Se creó un "Registro de productores de eventos masivos" y se definieron requisitos estrictos sobre higiene y seguridad.

El objetivo es regular los eventos masivos, entendiendo como tales a "los espectáculos y diversiones públicas de carácter eventual, que se lleven a cabo en un predio no habilitado para tal fin", según expresa el primer artículo de la norma aprobada.

Se crea el "Registro de productores de eventos masivos", en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Se determinaron asimismo requisitos estrictos sobre higiene, seguridad, prevención de incendio o incidentes, planes de evacuación, sistema médico asistencial, información y prevención sobre el uso de drogas.

La nueva ley también dice que en este tipo de fiestas deberá haber acceso fácil, gratuito y seguro al agua potable por parte de los asistentes, servicio médico en el lugar, socorristas y baños adecuados a la cantidad de concurrentes. Y para quienes omitan el cumplimiento de las regulaciones establecidas, se fijaron sanciones de 60 días de arresto o multa de casi un millón de pesos.

Legalmente se definió como evento masivo a "todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico, musical o festivo, capaz de producir una concentración igual o mayor a un mil asistentes, y que se lleve a cabo en establecimientos abiertos, cerrados o semi cerrados en el ámbito de la CABA y en el que el público concurrente es un mero espectador (Espectáculo Público) y/o participa del entretenimiento ofrecido y/o de la actividad que se desarrolla (Diversión Pública)".

Se estableció que en los eventos en predios abiertos la capacidad máxima que podrá otorgarse será a razón de tres personas por metro cuadrado para los espectáculos públicos y de dos personas por metro cuadrado para las diversiones públicas. Para el caso de establecimientos cerrados o semi cerrados, deberá contarse primero con una habilitación en la que se estipulará la capacidad otorgada.

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